¿Qué es el Plan de Igualdad?

WOMAN LEADER, Planes de Igualdad

“Son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo” (Art. 46 Ley Orgánica 3/2007).

En el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres se establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras en la forma que se determine en la legislación laboral.

¿Está obligada su empresa a tener un Plan de Igualdad?

Las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores (250) tienen la obligación de que las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior se dirigirán a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad que deberá ser, asimismo, objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.

Desde WOMAN LEADER le ayudamos en el análisis de situación, definición del Plan de Igualdad e implantación de estrategias y acciones específicas para implantar el plan una vez creado, garantizando así el desarrollo de las medidas especificadas con su personal.

Además le daremos soporte en la implementación de plan, proponiendo acciones adicionales de formación y comunicación para poner en valor el Plan de Igualdad y que pueda comunicarlo a los diversos públicos de la empresa.

Llámenos al 91 110 11 20 o envíe un email a info@womanleader.org para ver opciones.